Fiscal

Si gastaste más de lo que declaraste, tienes 20 días

Cuando tus erogaciones superan tus ingresos declarados, el SAT no te pide una explicación cuando puedas: te da un plazo. Qué documentar antes de que llegue el oficio.

13 de septiembre de 2026 Art. 91 · Ley del Impuesto sobre la Renta

¿Te depositan efectivo constantemente? El problema no es recibirlo: es no poder demostrar de dónde salió.

Recibir dinero en tu cuenta no significa automáticamente que tengas que pagar impuestos por ese depósito. Lo importante es qué representa ese dinero. No es lo mismo que sea el pago de una venta, a que sea un préstamo, un donativo, o simplemente dinero que ya era tuyo y moviste entre tus cuentas.

El problema empieza cuando tienes depósitos y, si algún día necesitas aclararlos, no tienes cómo demostrar su origen.

Qué es la discrepancia fiscal

El artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que las personas físicas pueden ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando el monto de sus erogaciones en un ejercicio resulte superior a los ingresos declarados — o a los que legalmente les hubiera correspondido declarar.

Y "erogaciones" es más amplio de lo que la mayoría supone. Incluye:

Ese tercer punto es el que sorprende a la gente: un depósito, por sí mismo, cuenta como erogación para efectos de este procedimiento.

Los 20 días

Cuando la autoridad detecta la discrepancia, te lo notifica. A partir del día siguiente a la notificación, cuentas con un plazo de 20 días para informar por escrito el origen o la fuente de procedencia de los recursos con los que hiciste esas erogaciones, y ofrecer las pruebas que lo acrediten.

Veinte días para reunir contratos, estados de cuenta, comprobantes de traspasos y documentación de ingresos exentos o ya declarados. Si tienes todo ordenado, es un trámite. Si no, es un problema.

⚠ Qué pasa si no la desvirtúas

La discrepancia determinada por la autoridad se presumirá ingreso gravado, y se aplicará la tasa máxima de la tarifa del artículo 152 de la LISR sobre el monto de la discrepancia.

No se te cobra como si fuera tu tasa normal: se te cobra a la tasa máxima.

La regla es sencilla

Si recibes cantidades importantes o movimientos frecuentes, conserva el documento que corresponda a cada operación. No se trata de guardar todo por guardar, sino de que cada movimiento relevante tenga su respaldo:

Qué respalda cada tipo de depósito

  • Venta o servicio → tu CFDI emitido.
  • Préstamo → contrato de mutuo por escrito, y de preferencia con fecha cierta. Que el dinero entre y salga por transferencia, no en efectivo.
  • Donativo → documentación que acredite el donativo y el parentesco cuando aplique.
  • Traspaso entre tus propias cuentas → estados de cuenta de origen y destino que muestren el mismo movimiento.
  • Herencia o venta de un bien → escritura, contrato o comprobante de la operación.

Un consejo práctico

Si tienes un negocio, separa la cuenta del negocio de tu cuenta personal. Mezclarlas es la forma más rápida de volver imposible la aclaración: cuando todo pasa por la misma cuenta, ya no hay manera de distinguir qué era venta, qué era préstamo y qué era dinero tuyo.

En corto

La discrepancia fiscal no castiga que recibas dinero. Castiga que no puedas explicarlo. Y la explicación se construye el día de la operación, no el día del oficio.

Fundamento legal

  • Artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta: procedimiento de discrepancia fiscal para personas físicas.
  • Plazo de 20 días para informar por escrito el origen o fuente de procedencia de los recursos, contados a partir del día siguiente al de la notificación.
  • La discrepancia no desvirtuada se presume ingreso gravado y se aplica la tasa máxima de la tarifa del artículo 152 de la LISR.
  • Relacionado: presunción de ingresos por depósitos bancarios, artículo 59 del Código Fiscal de la Federación.

Esta nota es informativa y refleja las disposiciones vigentes a la fecha de su publicación. No sustituye una asesoría profesional: cada caso depende de tu régimen, tu actividad y tus circunstancias particulares. Si quieres saber cómo te aplica a ti, escríbenos por WhatsApp.

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