La llamada Ley Silla obliga a proporcionar asientos con respaldo en comercio, servicios y centros de trabajo análogos. Qué aplica a tu giro y cuál es la sanción.
Si tienes una tienda, un restaurante, una farmacia, un banco o cualquier negocio donde tu personal atiende de pie, esta reforma ya está vigente y te aplica.
El decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024, y entró en vigor a los 180 días naturales de su publicación: el 17 de junio de 2025.
La reforma establece la obligación del patrón de proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos.
Y son dos supuestos distintos, no uno:
Fíjate en el detalle: dice con respaldo. Un banco alto sin respaldo o una caja volteada no cumplen.
Las sanciones van de 250 a 2,500 UMA. Traducido a pesos, eso ubica las multas aproximadamente entre 27,000 y 280,000 pesos.
Y el dato que se pasa por alto: la sanción se aplica por cada persona trabajadora afectada. En un negocio con varios empleados, el número se multiplica rápido.
El decreto reformó los artículos 132 (primer párrafo y fracción V), 133 (primer párrafo), 422 (primer párrafo) y 423 (fracciones I, V, VIII y X) de la Ley Federal del Trabajo, y adicionó una fracción XVII Bis al artículo 133.
Que se haya reformado el artículo 423 es relevante: significa que el tema debe quedar reflejado en tu reglamento interior de trabajo.
Comprar las sillas fue la parte fácil, y muchos negocios ya la resolvieron. Lo que casi nadie hizo fue lo otro:
La inspección laboral no te va a preguntar si compraste sillas: va a ver si están disponibles, si tienen respaldo, si alcanzan y si el tema está en tu reglamento. Cumplir cuesta mucho menos que la multa más baja.
Esta nota es informativa y refleja las disposiciones vigentes a la fecha de su publicación. No sustituye una asesoría profesional: cada caso depende de tu régimen, tu actividad y tus circunstancias particulares. Si quieres saber cómo te aplica a ti, escríbenos por WhatsApp.
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